lunes, 10 de diciembre de 2012

DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.


Un 10 de diciembre de 1948, recién concluida la II  Guerra Mundial, 48 de los 58 estados miembros de la ONU suscribían la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el documento más importante de la historia en lo que a la protección y promoción de las premisas esenciales para un mundo más justo, libre y humano se refiere. Un texto que ha servido de marco e inspiración para muchas de las acciones que han contribuido al progreso de la justicia y las libertades en toda el planeta, pero que desgraciadamente se encuentra cada vez más amenazado por aquellos que anteponen el interés particular al interés general de los ciudadanos del planeta.

Algunos de los artículos recogidos en dicha Declaración son:

Artículo 1.

  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.

  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  • Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3.

  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 7.

  • Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
En este enlace aparecen todos los artículos correspondientes a la Declaración Universal de los derechos Humanos



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